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2009 NYC Voter Guide: State Ballot Proposals

Propuestas Electorales Estatales

 

Las propuestas electorales se colocan en la papeleta para que los votantes decidan. Generalmente, las propuestas aparecen en el lado derecho de la papeleta en la cabina de votación, cerca de la esquina superior o inferior. Los votantes pueden votar “Sí” o “No” para cada propuesta.

 

En las elecciones generales de este año, los votantes de todo el Estado de Nueva York encontrarán dos propuestas del estado de Nueva York en la papeleta de las Elecciones Generales. La Asamblea y el Senado aprobaron estas. Estas dos propuestas de enmienda de la Constitución Estatal como proyectos de ley, y ahora se las presenta a los votantes para que decidan.

 


Para cada propuesta incluimos la propuesta tal como se anticipa que aparecerá en la papeleta; el resumen oficial de la propuesta; y la justificación (la que forma parte del proyecto de ley original que aprobó la Legislatura Estatal).



Propuesta Electoral N° 1

ENMIENDA A LA SECCIÓN 1 DEL ARTÍCULO 14 DE LA CONSTITUCIÓN ESTATAL

RESUMEN OFICIAL

El propósito de esta enmienda consiste en permitir la construcción de una línea de energía eléctrica de 46 kilovatios en reservas forestales a lo largo de la Ruta N° 56 en el Condado de St. Lawrence. 


En general, la Constitución del Estado prohíbe el arrendamiento, la venta, el intercambio o la toma de cualquier terreno que constituya una reserva forestal.  La enmienda propuesta permitiría al estado traspasar hasta seis acres de reserva forestal a la Red Nacional para construir una línea de energía eléctrica de 46 kilovatios a lo largo de la Ruta Estatal N° 56.  A cambio, el Estado recibiría por lo menos diez acres de bosques que forman parte de la Red Nacional en el Condado de St. Lawrence, los que se incorporarían a la reserva forestal.  El terreno que se traspase de la Red Nacional deberá tener un valor por lo menos igual al que el Estado traspase a la Red Nacional.


JUSTIFICACIÓN OFICIAL

Para asegurar un servicio confiable de energía eléctrica durante todo el año a ciertas comunidades de las Adirondacks, es necesario que la Red Nacional construya una nueva línea de energía eléctrica de 46 kilovatios. Un tramo largo de dicha línea de energía eléctrica se construiría a lo largo de la Ruta Estatal N° 56. Sin embargo, existe un tramo de dos millas en el que el derecho de vía de la carretera no es lo suficientemente ancho para poder acomodar la nueva línea de energía eléctrica, sin introducirla al terreno de la reserva forestal. La Red Nacional ha confeccionado planes alternativos para construir la línea que pase por los alrededores los terrenos de la reserva forestal, lo que resultaría en una franja de setenta y cinco pies de ancho en un terreno que se está desmontando en un tramo de seis millas en un hábitat frágil de bosques boreales. Esta enmienda constitucional ofrecería una alternativa que permitiría utilizar una ruta más corta y más barata que causaría menores daños al medio ambiente.


LO QUE VERÁ EN LA PAPELETA

En general, la Constitución del Estado de Nueva York prohíbe el arrendamiento, la venta, el intercambio o la toma de cualquier terreno que constituya una reserva forestal.  La enmienda propuesta permitiría al estado traspasar hasta seis acres de reserva forestal a la Red Nacional para construir una línea de energía eléctrica de 46 kilovatios a lo largo de la Ruta Estatal N° 56.  A cambio, el Estado recibiría por lo menos diez acres de bosques que forman parte de la Red Nacional en el Condado de St. Lawrence, los que se incorporarían a la reserva forestal.  El terreno que se traspase de la Red Nacional deberá tener un valor por lo menos igual al que el Estado traspase a la Red Nacional.  ¿Deberá aprobarse la enmienda propuesta a la Constitución del Estado de Nueva York?



PROPUESTA ELECTORAL N° 2
ENMIENDA A LA SECCIÓN 24 DEL ARTÍCULO 3 DE LA CONSTITUCIÓN ESTATAL


RESUMEN OFICIAL

El propósito de esta enmienda consiste en autorizar a la Legislatura a que permita que los reclusos en instalaciones carcelarias del estado o las localidades puedan trabajar como voluntarios para organizaciones sin fines de lucro.


En la actualidad la Sección 24 del Artículo 3 de la Constitución Estatal prohíbe que el trabajo de reclusos se subcontrate, contrate, done o venda a ninguna persona, asociación o empresa. No obstante, los reclusos pueden trabajar para el Estado o sus subdivisiones políticas, así como para sus instituciones públicas.


La enmienda propuesta autorizaría a la Legislatura a aprobar legislación que permita que los reclusos puedan trabajar para organizaciones sin fines de lucro. La definición de una “organización sin fines de lucro” consiste en una organización que funciona con propósitos exclusivamente religiosos, caritativos o educativos, ninguna parte de los ingresos de las cuales podrán beneficiar a ningún accionista privado o individuo.


JUSTIFICACIÓN OFICIAL

La ley actual permite a los reclusos trabajar para el Estado y las instituciones públicas, pero no para organizaciones sin fines de lucro. La ley actual contiene limitaciones, debido a que la Sección 24 del Artículo 3 de la Constitución del Estado de Nueva York prohíbe que “el trabajo de reclusos se subcontrate, contrate, done o venda”. Sin embargo, muchas localidades han solicitado que se introduzca una excepción con respecto a las organizaciones sin fines de lucro que a menudo no tienen ni fondos suficientes ni recursos para mantener sus propiedades adecuadamente. El permitir que cuadrillas de reclusos  trabajen para estas organizaciones ayudaría a reducir el déficit de fondos y daría a los reclusos la sensación de “devolver” algo a la comunidad.


Ya que esta propuesta de ley sólo autoriza a la Legislatura a aprobar una ley que permita a los reclusos trabajar para organizaciones sin fines de lucro, sería necesario aprobar una ley. Dicha legislación podría incluir restricciones sobre cuáles reclusos cumplirían con los requisitos para llevar a cabo dicho trabajo tomando en cuenta la seguridad pública.


LO QUE VERÁ EN LA PAPELETA

En la actualidad la Constitución del Estado de Nueva York prohíbe que el trabajo de reclusos se subcontrate, contrate, done o venda a personas, asociaciones o empresas.  La enmienda propuesta autorizaría a la Legislatura a aprobar legislación que permita que los reclusos en instalaciones carcelarias estatales y locales puedan trabajar para organizaciones sin fines de lucro.  ¿Deberá aprobarse la enmienda propuesta a la Constitución del Estado de Nueva York?